Noticia

Actualizaciones sobre matriculación de nuevos profesionales

El Colegio realizó algunas modificaciones al régimen de matriculación establecido en la resolución Nº 05/2020 durante el año pasado, que contemplaba las restricciones y los cambios en el accionar administrativo de las Universidades a partir de la pandemia por Covid-19.

A partir de la RESOLUCIÓN Nº03/2021 y considerando que la situación de emergencia Covid – 19 se mantiene y también la dilación en el otorgamiento de los títulos por parte de la Universidades, el Colegio decidió mantener en vigencia sus estipulaciones, introduciendo los siguientes cambios:

“ARTÍCULO 1º.- Reconocer con carácter excepcional como documentación académica suficiente para matricularse en este Colegio los certificados de culminación de carrera de grado o los certificados de título “en trámite”, extendidos por las Universidades Argentinas a los egresados “Terapistas o Terapeuta Ocupacional” o “Licenciado en Terapia Ocupacional”.

“ARTÍCULO 2º.- La dispensa de presentación del título de Terapistas Ocupacional y su sustitución por los certificados mencionados en el Artículo anterior que se autoriza por la presente para el trámite de matriculación regirá exclusivamente por el término que dure la Emergencia Sanitaria y las restricciones normativas dictadas en el marco de la Pandemia Covid -19.”

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